Esta es una traducción facilitada a título informativo; solo la versión francesa es jurídicamente vinculante.
Condiciones generales de uso y de venta (CGU/CGV)
Última actualización: octubre de 2026
1. Objeto
Las presentes condiciones regulan el uso del sitio volclaim.com y el servicio de reclamación de compensaciones aéreas ofrecido por TETRIS GROUP LLC (« VolClaim »).
2. Descripción del servicio
VolClaim evalúa si un pasajero tiene derecho a una compensación en virtud del Reglamento (CE) n.º 261/2004 o del UK261 y, a continuación, si el cliente otorga un mandato, inicia y sigue la reclamación ante la compañía aérea afectada, incluso por vía amistosa o contenciosa si fuera necesario.
3. Mandato
Al presentar un expediente y aceptar las presentes condiciones, el cliente otorga mandato a VolClaim para actuar en su nombre y por su cuenta ante la compañía aérea afectada, dentro de los límites del expediente presentado.
4. Remuneración
El servicio de evaluación del derecho a compensación es gratuito. En caso de éxito de la reclamación (pago efectivo de una compensación por parte de la compañía aérea), VolClaim percibe una comisión del 25 % TTC (IVA incluido, todos los impuestos incluidos) del importe de la indemnización obtenida por vía amistosa. Si resulta necesario un procedimiento judicial (acción judicial) para obtener la indemnización, la comisión total percibida por VolClaim es como máximo del 50 % TTC del importe obtenido. Esta comisión cubre todos los gastos del procedimiento (tasas judiciales, honorarios de abogado, gastos de agente judicial), que VolClaim adelanta y asume. Si el procedimiento no prospera, el cliente no debe nada. Las costas impuestas a la compañía aérea por el tribunal (costas e indemnización en virtud del artículo 700 del Código de Procedimiento Civil francés) corresponden a VolClaim. El cliente no debe ninguna cantidad si no se obtiene compensación (« no win, no fee ») y no tiene que adelantar ningún gasto. En el marco del mandato de representación, VolClaim cobra la compensación pagada por la compañía aérea y, a continuación, abona al cliente el importe obtenido, deducida su comisión, lo antes posible tras la recepción de los fondos.
5. Obligaciones del cliente
El cliente se compromete a facilitar información exacta y completa sobre su expediente. Cualquier declaración falsa puede dar lugar a la interrupción de la tramitación del expediente.
6. Obligaciones de VolClaim
VolClaim se compromete a tramitar cada expediente con diligencia y a informar al cliente del avance de su reclamación. VolClaim no garantiza el resultado de la reclamación, que depende de la valoración de la compañía aérea, de un mediador o de un órgano jurisdiccional.
7. Desistimiento
De conformidad con el derecho de consumo, el cliente dispone de un plazo de desistimiento de 14 días a partir de la celebración del mandato, salvo que la ejecución del servicio ya haya comenzado a petición expresa suya.
8. Duración y resolución
El mandato finaliza con la obtención (o la denegación definitiva) de la compensación, o mediante resolución a iniciativa del cliente en cualquier momento antes del pago de una compensación, sin perjuicio, en su caso, de los gastos ya incurridos.
9. Mediación de consumo
TETRIS GROUP LLC, sociedad que explota VolClaim, está establecida fuera de la Unión Europea. Los artículos L.616-1 y R.616-1 del Código de Consumo francés (Code de la consommation), que obligan a los profesionales establecidos en Francia a designar un mediador de consumo, no se aplican por tanto a VolClaim, que no ha designado ningún mediador de consumo en virtud de este régimen general.
Por otra parte, en lo que respecta específicamente a las reclamaciones comprendidas en el Reglamento (CE) n.º 261/2004, el decreto n.º 2025-772 de 5 de agosto de 2025 impone, para toda acción judicial interpuesta a partir del 7 de febrero de 2026, la presentación previa y gratuita ante un mediador de consumo antes de poder acudir a un juez (so pena de inadmisibilidad apreciada de oficio, artículo 750-1 del Código de Procedimiento Civil francés): el Médiateur Tourisme et Voyage (MTV) para la mayoría de las compañías aéreas, o el mediador designado por las compañías afiliadas al BAR France (Board of Airlines Representatives). Esta presentación debe producirse en el año siguiente a la reclamación escrita inicial ante la compañía; el dictamen del mediador, emitido en principio en un plazo de 90 días a partir de la recepción del expediente completo (plazo que puede prorrogarse en caso de litigio complejo, hasta un máximo de 6 meses), no es vinculante. Si posteriormente fuera necesaria una acción judicial, esta deberá interponerse mediante emplazamiento (assignation, con la intervención de un commissaire de justice, es decir, un agente judicial), lo que en la práctica supone recurrir a un abogado; estos gastos los adelanta y asume VolClaim en las condiciones del artículo 4. VolClaim informa al cliente de estas etapas y le asiste en la presentación ante el mediador competente en el marco de su mandato. (Fuente: Institut national de la consommation, ficha « Règlement judiciaire des litiges aériens : nouveautés au 7 février 2026 ».)
10. Legislación aplicable y jurisdicción competente
Las presentes CGU/CGV (condiciones de uso y de venta) se rigen por el derecho francés.
11. Contacto
Para cualquier pregunta relativa a las presentes condiciones: contact@volclaim.com.