Aerolínea de bandera española, miembro de la alianza oneworld y filial del grupo IAG. Como la gran mayoría de sus vuelos salen de la Unión Europea o se dirigen a ella, se rigen casi siempre por el Reglamento (CE) n.º 261/2004. VolClaim comprueba gratuitamente su derecho y gestiona toda su reclamación ante Iberia. No adelanta nada y solo paga si obtenemos su indemnización.
✓ Contenido verificado por el equipo editorial de VolClaim · Última verificación del canal de reclamación de Iberia: 14 de septiembre de 2026 · Fuentes: Reglamento (CE) n.º 261/2004, UK261, canal oficial de reclamación de Iberia
Sea cual sea la causa declarada por Iberia, salvo circunstancia extraordinaria probada (meteorología extrema, huelga de control aéreo, riesgo para la seguridad).
En particular si la cancelación se le notificó menos de 14 días antes de la salida, sin que Iberia le ofreciera un transporte alternativo satisfactorio.
Si Iberia le denegó el embarque contra su voluntad pese a tener una reserva válida y haberse presentado a tiempo.
Si el retraso de un primer vuelo de Iberia le hace perder una conexión reservada con un único billete, con un retraso total de 3 h o más.
| Distancia del vuelo | Retraso mínimo en la llegada | Indemnización |
|---|---|---|
| Hasta 1.500 km | 3 horas | 250 € |
| Vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y otros vuelos de 1.500 a 3.500 km | 3 horas | 400 € |
| Más de 3.500 km (salvo vuelos intracomunitarios) | De 3 h a menos de 4 horas | 300 € |
| Más de 3.500 km (salvo vuelos intracomunitarios) | 4 horas o más | 600 € |
Baremo fijado por el artículo 7 del Reglamento (CE) n.º 261/2004, aplicable a los vuelos de Iberia cubiertos por la normativa europea (ver condiciones más arriba).
Sin adelantar gastos: 25 % IVA incluido solo en caso de éxito.
Sí, si el vuelo de Iberia está cubierto por el Reglamento (CE) n.º 261/2004 (salida desde la UE, o llegada a la UE con Iberia como transportista) o por el UK261, un retraso de 3 h o más en la llegada da derecho a una indemnización de 250 a 600 € según la distancia, salvo circunstancia extraordinaria probada.
Iberia puede alegar una circunstancia extraordinaria (meteorología extrema, huelga de control aéreo, riesgo para la seguridad) para negarse a pagar. En los expedientes que se nos confían, VolClaim comprueba si ese motivo está realmente fundado antes de impugnar la respuesta de la aerolínea.
VolClaim presenta su expediente mediante el canal oficial de reclamación de Iberia, nunca mediante una dirección de correo genérica o supuesta, lo que limita la pérdida de expedientes y acelera la tramitación.
Lo más sencillo es confiarnos su expediente desde el principio: VolClaim comprueba gratuitamente si su vuelo de Iberia da derecho a indemnización, prepara la reclamación con los documentos necesarios, la presenta a través del canal oficial de la aerolínea y hace el seguimiento hasta el pago. Sin adelantar gastos: 25 % IVA incluido solo en caso de éxito. Si resulta necesario un procedimiento judicial, nuestra comisión total es como máximo del 50 % IVA incluido. Cubre todos los gastos del procedimiento (tasas judiciales, abogado, agente judicial), que adelantamos y asumimos nosotros. Si el procedimiento no prospera, usted no paga nada. Las costas impuestas a la aerolínea (costas procesales, artículo 700) nos corresponden.
El reembolso corresponde al precio del billete no utilizado: se debe si el vuelo se cancela, o si renuncia a viajar tras un retraso de 5 horas o más. La indemnización es un importe fijo de 250 a 600 € según la distancia, que se debe en caso de cancelación tardía, de retraso de 3 horas o más en la llegada o de denegación de embarque, salvo circunstancia extraordinaria. En caso de cancelación, ambos pueden acumularse. Lea nuestra guía reembolso o indemnización.
Bastan 2 minutos. Verificación gratuita y sin compromiso.